DEFENSA AL CONSUMIDOR
LEY Nº 24.240
Ministerio de Economía – Subsecretaría de defensa del Consumidor:
LEY Nº 2.244
Establece que las personas físicas o jurídicas que comercialicen, o presten servicios a consumidores y/o usuarios en el ámbito de la C.A.B.A. y posean página de internet, deberán agregar un enlace con la Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor. Dirección General de Defensa y Protección al Consumidor. Para consultas y/o denuncias ingrese aquí.